Remito Comentarios
A quien corresponda, Remito a continuación comentarios a los documentos abiertos a consulta pública. COMENTARIOS: MoU LACRALO-ICANN ·En el punto 2 del Memorando se señala como definición del Consejo de la LACRALO el consejo que gobierna la LACRALO. Convendría modificar el término de gobierno por el de dirige la operación, a efecto de dar transparencia y autonomía a su operación. ·Independientemente al comentario anterior, debe homologarse el término Consejo que se emplea en el MoU, y el término Asamblea General que se emplea en los principios operativos ya que en ambos casos se hace mención que ambos gobiernan la LACRALO. ·En el punto 3 se establece que todos los ciudadanos o residentes de países de la región son invitados a participar por sí mismos o a través de agrupaciones de usuarios, debería adicionarse que dicha participación se realizará bajo las provisiones establecidas en los principios operativos; ya que de otro modo el término participación resulta tan amplio que contradice la limitantes de votación propuestas en dichos principios, con respecto a la participación de usuarios individuales. ·En el punto 3.2. se establece que la LACRALO promoverá la formación de ALS?s, no obstante no señala que implica al menos de modo genérico que implica dicha promoción. ·En el punto 3.3 se señala que LACRALO asesorará a ALAC acerca de la certificación de nuevas ALS?s, es importante indicar a que se refiere dicho asesoramiento; ya que por cuestión de transparencia sería conveniente que no estuviera involucrada en participar de ningún modo que no sea con apoyo informativo para la certificación de las organizaciones como ALS?s. ·En el punto 5.4. y con respecto a la selección de los dos miembros para conformar el ALAC, se debe considerar y expresamente afirmar la posibilidad de elegibilidad que deben tener incluso los usuarios individuales interesados a participar, los cuales si bien a nivel de votación están limitados, no en cuanto a sus posibilidades de ser elegidos. ·Por una cuestión de forma, debe homologarse a lo largo del documento el uso del concepto Memorando y el de Acuerdo, ya que se hace referencia el documento bajo ambos términos, si bien el significado de ambos términos no es el mismo. PRINCIPIOS OPERATIVOS ·Resulta de vital importancia señalar expresamente como se asegurará la participación del usuario. ·En el punto 3 es importante se advierta expresamente a que casos se pretende hacer referencia bajo el texto ?interés comercial específico?. ·En el punto 5 se señala: El órgano de gobierno de la LacRALO será una Asamblea General que estará integrada por dos (2) miembros de cada ALSs miembro de la organización. Esta consideración se realiza bajo el contexto inicial de que las ALS?s certificadas representan en la actualidad un número que permite la operación sencilla en los procedimientos de votación, decisión y consenso, no obstante siendo un objetivo la promoción e integración a corto y mediano plazo de un número mayor, es imprescindible tomar en cuenta la posibilidad de dicho crecimiento y la posibilidad de manejar una Asamblea General en la forma estipulada en los principios. ·Bajo el punto 7, se señala que: ?La Asamblea General contará con el soporte de una Secretaria. La función de esta secretaria podrá ser llevada adelante por una ALS o una persona elegida en la Asamblea General, siempre que tenga las capacidades para comunicarse en los idiomas que se utilicen.? No obstante esto limita la participación no inicialmente, pero si bajo la consideración que se realiza en el MoU de integrar más idiomas de traducción con posterioridad. ·En el punto 9 resulta primordial definir si el concepto de miembro de LACRALO incluirá a los usuarios individuales que participen en la LACRALO, aún con las limitantes de voto establecidas para ellos. Agradeciendo la atención que se sirvan prestar a mis comentarios, remito cordiales saludos. Atentamente, Claudia Fonseca Martínez _________________________________________________________________ El mejor destino, con los mejores contenidos http://www.prodigy.msn.com |